Una sentencia que libera
- Kamo Mendivil
- 14 may 2016
- 5 Min. de lectura
Una sentencia que libera
Con la aprobación de la Sentencia C355 de 2006, las mujeres Colombianas pudieron “atreverse” a pensar en la posibilidad de interrumpir su embarazo (en tres causales) sin temor a pagar cárcel.

El 10 de mayo de 2014 yo estaba crucificada en un quirófano devastada con la decisión de la ginecóloga de turno, quien después de apenas 12 horas de trabajo de parto y con sólo 5 centímetros de dilatación tendría a mi primogénito por cesárea. Ese día cargado de alegría y frustración al mismo tiempo, también era emblemático en Colombia por resguardar la decisión de miles de mujeres que pueden optar por interrumpir su embarazo.
Hoy, 10 de mayo de 2016, en la celebración de los dos años de mi hijo, celebro de forma paradójica, los diez años de la decisión de la Corte Constitucional Colombiana tras aprobar la Sentencia C-355 del 10 de mayo de 2006, por la cual se da la “liberación del aborto en determinadas circunstancias” en Colombia.
Una sentencia condena. Quien haya cometido un delito pagará con su libertad el precio de su transgresión a las normas. Pero una sentencia cultural y una justificación religiosa ha hecho que las mujeres en Colombia y en muchas partes de América y el mundo se sientan culpables por decidir en sus propios cuerpos sobre su reproducción y su sexualidad. Aquellas que llevadas por el miedo o la desesperación hayan decidido interrumpir su embarazo, lo habrán hecho de forma clandestina para no ser condenadas por la ley pagando con la cárcel una decisión sobre su cuerpo. Muchas, forzadas por la falta de alternativas, han muerto o quedado afectadas de por vida por los malos procedimientos. Pero en Colombia una sentencia pudo liberar. Estos 10 años de la despenalización del aborto, se celebra el que las mujeres puedan acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) sin temor a ser condenadas por la ley cuando éstos hayan sido forzados por causas violentas: violación o fecundación no consentida; por riesgo o peligro para la salud de la madre; o por grave malformación del feto que haga inviable su vida. Pero la condena social no cesa.
Recuerdo cuando en el bachillerato, por el año 94, en el colegio de monjas donde estudié, las hermanitas de la congregación nos reunían en un salón frente a un televisor: 45 pares de ojos de niñas entre los 12 y los 14 años veíamos la grabación en video de un aborto, que de la manera más tendenciosa nos mostraban la forma tan descarnada como una máquina de succión extraía las extremidades una por una de un feto de pocas semanas de gestación. Y llegué a la universidad convencida de que era un acto atroz, de lo malvadas que eran las mujeres que se atrevían si quiera a anteponer su cuerpo, sentimientos, historia, derechos y emociones a la de una feto. Pero con el nuevo conocimiento vinieron las preguntas sobre otras posibilidades, y en el camino en que el me fui redescubriendo como mujer adolescente y joven, fui entendiendo que también las mujeres podemos decidir sobre nuestro cuerpo y no el senador, el alcalde, el ministro, el padre, el marido, el cura, el pastor, y muchos más que se han tomado ese derecho por siglos.
Por eso, con la despenalización del aborto en estas tres causales, no se hicieron esperar las voces de la defensa de la vida a ultranza, quienes rasgándose las vestiduras, erigieron las banderas de la fe para cuestionar la decisión de la Corte. Las caminatas “próvida” convocadas en un par de oportunidades cubrieron las calles de algunas ciudades principales del país, mientras los movimientos de derechos humanos y de mujeres salieron a defender el derecho “pro aborto” como una ganancia en su historia de luchas. Y se establecieron en una confrontación de opuestos, pero… estamos hablando precisamente de defensa y resguardo de la vida en ambos casos. O es que el “pro aborto” no defiende también la libertad, vida y dignidad de las mujeres?.
Por eso, grupos como “Católicas por el Derecho a Decidir” han comprendido que la fe no puede interponerse ni anteponerse a los derechos, simplemente porque la fe es una cuestión personal, y los derechos una ganancia colectiva. Esta organización mexicana, desde hace 20 años se define como “creyentes que desde una perspectiva ética, católica, feminista y laica defendemos los derechos humanos de mujeres y jóvenes, especialmente los sexuales y reproductivos, incluido el acceso al aborto seguro y legal.” Infortunadamente esta posibilidad que desde hace 20 años tiene presencia en México, parece hoy día impensable en Colombia.
Y la discusión sigue abierta una década después, en la que funcionarios de salud siguen aduciendo objeción de conciencia para no practicar los procedimientos, haciendo vencer el plazo límite de 12 semanas de embarazo para no dejar que la mujer pueda acceder a la decisión. Por eso se han tenido que reglamentar estas “talanqueras” para que las mujeres puedan ejercer ese derecho. Además de que en la mayoría de los casos, las mujeres tienen que enfrentar la persuasión de sus allegados y familiares quienes les intentan convencer del “mal paso” que van a dar por querer acceder al IVE.
El panorama es algo como esto: una mujer sufre una violación sexual y queda en embarazo. Quiere hacer uso de su derecho al IVE, pero debe demostrar que su embarazo fue producto de una violación. Luego debe convencer a los médicos y jueces de su verdad. Sino, le queda la tutela. Y si logra ganarla a tiempo, deberá superar la presión social y someterse a una cirugía: intervenir su cuerpo, su útero, sus miedos, sus rabias, su vida, para seguir luchando por ella.
Pero qué pasa con las otras mujeres quienes quieren abortar pero no encajan en ninguna de estas tres causas para acceder al IVE? Pues van presas. Y siguen accediendo a clínicas clandestinas exponiendo sus vidas por defenderla. Así lo cita el Artículo 122 del Código Penal colombiano "La mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses. A la misma sanción estará sujeto quien, con el consentimiento de la mujer, realice la conducta prevista en el inciso anterior." Los costos en salud pública por penalizar el aborto son mucho mayores en vida y presupuesto que con un sistema regulado y con garantías para hacerlo, tal y como se documentan en los países en los que el aborto es legal.
Por tanto, que el aborto se haya despenalizado en tres causales no quiere decir que sea legal, y con la sentencia legal viva 10 años, aún falta derrocar la sentencia moral a la que se deben enfrentar las mujeres, una vez más.
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